Columna

El olor del miedo

La oralidad y la presencia física en los juicios no son rituales prescindibles: son la forma en que la justicia se ve y se siente. Una defensa de la confrontación directa frente al entusiasmo por la virtualidad.

El olor del miedo
Imagen BY, vía Openverse.

En la compleja trama del sistema judicial, leí con detalle la Sentencia C-134 de 2023, y creo de importancia hacer un referente a la oralidad y la presencia física en los juicios, entendiendo que no son meros rituales, sino pilares fundamentales que garantizan la justicia y la equidad. Un concepto evocador y metafórico que captura la esencia de esta práctica es "el olor del miedo", una idea que, aunque poética, encierra verdades profundas sobre la naturaleza humana y la justicia.

El olor del miedo: más que una metáfora

El "olor del miedo" se refiere a las señales no verbales que un testigo puede emitir bajo presión: el sudor en la frente, la voz temblorosa, el contacto visual evasivo. Estos indicadores son esenciales para que jueces y jurados puedan evaluar la credibilidad de un testigo. No se trata solo de escuchar palabras; se trata de observar la conducta, de sentir la autenticidad detrás de cada testimonio.

Antecedentes históricos y casos relevantes

En el sistema judicial de Estados Unidos, varios casos han resaltado la importancia de la confrontación cara a cara. Por ejemplo, en Coy v. Iowa (1988), la Corte Suprema dictaminó que una pantalla que separaba a un testigo menor de edad del acusado violaba el derecho a la confrontación directa. La Corte subrayó que observar la conducta del testigo es crucial para evaluar su credibilidad.

Otro caso significativo es Maryland v. Craig (1990), donde la Corte permitió el testimonio de un niño a través de un circuito cerrado de televisión para evitar el trauma de enfrentarse al acusado. Sin embargo, la decisión enfatizó que esta excepción solo es válida cuando se mantienen garantías de fiabilidad y se demuestra la necesidad de proteger al testigo vulnerable.

La justicia colombiana y la presencia física

En Colombia, la oralidad en el sistema acusatorio tiene un valor incalculable. No podemos permitir que la búsqueda de eficiencia y modernidad, facilitada por las tecnologías virtuales, socave los derechos fundamentales de los implicados. La presencia física en los juicios no es un capricho del pasado, sino una herramienta vital para la transparencia y la justicia.

El éxito del sistema acusatorio radica en su ritualidad: la solemnidad del tribunal, la confrontación directa, y la posibilidad de que los jueces y jurados observen de cerca a los testigos. Esta ritualidad no es mera formalidad; es la esencia que da vida y credibilidad al proceso judicial. La tecnología puede y debe ser una herramienta complementaria, pero nunca un sustituto de la presencia física.

Así las cosas, creo que es importante reflexionar que la justicia no es solo una cuestión de procedimientos y leyes, sino también de percepciones y emociones humanas. El "olor del miedo" es una manifestación tangible de la verdad que se desenvuelve en la corte. La presencia física de los testigos y la confrontación directa son elementos irrenunciables que aseguran que la justicia no solo se haga, sino que también se vea y se sienta.

En la justicia, debemos defender y valorar la importancia de la presencia física en los juicios. La modernización y la tecnología pueden mejorar nuestros procesos, pero nunca deben comprometer los derechos fundamentales de las personas. La ritualidad del sistema acusatorio es la clave de su éxito y debe ser preservada como el cimiento sobre el cual se construye una justicia verdadera y equitativa.


Publicado originalmente por Andrés Guzmán Caballero en LinkedIn. Se reproduce en Ablucinaciones con autorización del autor.

Andrés Guzmán Caballero

Andrés Guzmán Caballero

Abogado. Litigio estratégico, arbitraje internacional y evidencia digital. Director de Innovación e Integración en la Escuela Mayor de Derecho. Acuñó el concepto de «ablucinación jurídica».